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DIRECIÓN REGIONAL DE TRABAJO DA A CONOCER LOS ASPECTOS A TENER EN CUENTA PARA EL PAGO DE UTILIDADES

01/03/2022 04:56 p.m. Descargar PDF Copiar enlace
Trabajadores que se vean afectadas por el incumplimiento de pago, podrán hacer uso del servicio de defensa legal gratuita y asesoría del trabajador.

La Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo (DRTPE) del Gobierno Regional de Cajamarca dio a conocer los aspectos que se deben considerar para el pago de utilidades y qué hacer en caso la empresa incumpla con este derecho, que deberá iniciar su pago este 25 de marzo en todas las empresas privadas, con más de 20 trabajadores en planilla y que hayan generado rentas de tercera categoría durante el ejercicio del año 2021.

Cabe señalar, que el reparto de utilidades debe ser determinado de acuerdo a las remuneraciones percibidas durante el año anterior, según los días efectivos trabajados. “El pago de utilidades es un derecho del trabajador reconocido en el artículo 29° de la Constitución Política del Perú, incluido el personal a medio tiempo o que tuvieron un contrato temporal, Sin embargo es importante resaltar, que no se encuentran comprendidas las microempresas que no excedan de los 20 trabajadores, las Cooperativas, empresas autogestionarias y las sociedades civiles”. Indicó el director de la Dirección Regional de Trabajo, Julio Polo Guevara.

 Las empresas tienen hasta 30 días naturales posteriores al vencimiento del plazo para la presentación de la declaración jurada anual del Impuesto a la Renta para cumplir con el abono de las utilidades. Una vez vencido este plazo, y previo requerimiento escrito del trabajador, el empleador deberá pagar un interés moratorio de ser incumplido. “Las personas que dejaron de laborar también pueden acceder a cobrar las utilidades generadas durante el tiempo que trabajó” Agregó el director de la DRTPE.

 Es importante señalar, que los trabajadores que hubieran cesado antes de la fecha en la que se distribuyan la participación de utilidades, tienen derecho a cobrar el monto que les corresponde. Por ende el trabajador tiene derecho a las utilidades, pese a haber cesado con anterioridad a la distribución. 

¿Qué hacer si no le pagan las utilidades a tiempo?

De incumplirse con la distribución y el pago, el trabajador podrá presentar su denuncia ante la Dirección Regional de Trabajo, solicitando una conciliación, por incumplimiento de obligaciones legales, además podrá acceder al patrocinio judicial gratuito en caso de no llegar a un acuerdo conciliatorio.

Cabe resaltar, que todo  trámite será realizado de manera gratuito. Solo debe presentar su denuncia señalando el nombre de la empresa, RUC y domicilio de la misma.